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Armando Franco González

Representante

  • Escaño: Distrito Representativo 17
    Ver municipios
  • Período(s) en el cargo:
    • 2013 - 2016
  • Fecha de nacimiento*: 30/10/1964
  • Último Grado académico*: Escuela Superior
  • Estudios*: Cuarto año de Escuela Superior
  • Institución educativa*: Escuela Superior Jose de Diego
  • Profesión u ocupación*: Inspector en la Comisión de Servicio Público
  • Trabajos en sector privado*: Locutor en la emisora Radio WUNA 1340 (1982-1988), locutor y técnico en la Emisora WGDL en Lares, junto a la Emisora Salsoul, locutor de Radio Mía FM en Cabo Rojo y director de programación y ventas y locutor de WABA 850 (1990-1999)
  • Historial político*: Presidente Barrio Borinquen Aguadilla (2004-2008)
  • Trabajos en sector público*: Ayudante del exalcalde de Aguadilla, Alfredo González Pérez (1984-1988), ayudante especial y coordinador de Aguadilla y Aguada con el exvicepresidente del Senado Miguel Deynes Soto (1989-1992), coordinador y oficinista en la Administración de Derecho al Trabajo (1996-2000) y legislador municipal de Aguadilla (2009-2012)
  • Opositores*: David Morales Arroyo (PIP), José L. Rivera Guerra (PNP) y Lionel E. Cordero Hernandez (PPT)
  • Considera ir a reelección*:
  • Gustos y pasatiempos*: Motoras, locución y escuchar buena música.
  • Tres proyectos de ley que declaró como parte de su gestión:

  • Proyecto de ley 1*: Proyecto de la Cámara 1140
  • Descripción del proyecto*: Desde que se creó su Junta de Gobierno, se entendió que la atención que ameritan nuestros residenciales públicos requiere de un esfuerzo multidisciplinario, el cual integre de manera efectiva el sector público como el sector comunitario. Al ser necesario incrementar, mediante ley, la participación ciudadana en el proceso democrático de toma de decisiones, fiscalización de procedimientos administrativos y prestación de servicios requeridos en los sectores de vivienda pública del País, la Junta de Gobierno de la Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico se convertiría, pues, en el organismo adecuado para maximizar el uso de los recursos del Gobierno y mejorar la calidad de vida en nuestros residenciales públicos, brindando los servicios requeridos, fomentando la actividad comunitaria y el desarrollo personal o familiar de sus residentes.Tomando en consideración las extensas y abarcadoras facultades de la Administración, es importante imponer mayores responsabilidades a los siete miembros de la Junta con relación al gobierno de la misma. Todas estas personas, por la naturaleza de los puestos que ocupan, tienen conocimiento de primera mano (y amplia preparación) para lidiar con el sector que se beneficia de los servicios de la Administración. Vemos, entonces, que esta ley es un paso lógico en la práctica integracionista del Estado en los esfuerzos de mejorar los servicios a la clientela de residenciales públicos.
  • Estado del proyecto*: Firmado por el Gobernador
  • Proyecto de ley 2*: Proyecto de la Cámara 1454
  • Descripción del proyecto*: La Ley 10-1994 tuvo el propósito, entre otros, de reglamentar el negocio de Bienes Raíces y la Profesión de Corredor, Vendedor o Empresas de Bienes Raíces en Puerto Rico. Esta logró agrupar todas las disposiciones legales existentes en el campo de Bienes Raíces, resultando en beneficio de los consumidores, así como también de los Vendedores, Corredores y Empresas de Bienes Raíces. Asimismo, el Artículo 31 de la Ley 10, antes indicada, hace referencia a los actos o las prácticas proscritas para toda persona sujeta a las disposiciones de la misma. Entre ellos, su inciso (11) incluye retener cualquier depósito cuando no se lleve a cabo la transacción o gestión objeto de dicho depósito sin que haya culpa del comprador. El Tribunal Supremo de Puerto Rico interpretó el Artículo 31, inciso (11), que aquí pretendemos enmendar, en el caso Vélez López v. Izquierdo Stella, 2004 TSPR 92; 162 D.P.R. 88 (2004). En dicho caso, el Tribunal Supremo señaló que un depósito de opción no puede ser retenido cuando la causa para no culminar la compraventa no es atribuible al comprador. No obstante, guardó silencio sobre cuándo dicha causa es atribuible al comprador. Esta medida es necesaria a los fines de especificar que se prohíbe retener o confiscar cualquier depósito en caso de que a un comprador se le deniegue el financiamiento hipotecario por una instituci6n financiera acreditada cuando no haya cualificado para otorgar y perfeccionar una transacci6n de bienes raíces, luego de haber cumplido cabalmente con otros requisitos de ley y obligaciones propias de este tipo de negocio. Con esto logramos proteger al consumidor en Puerto Rico, así como a los vendedores que les dan sus propiedades a corredores de bienes raíces para mercadearlas y esperan que los potenciales compradores cualifiquen para el financiamiento.
  • Estado del proyecto*: Firmado por el Gobernador
  • Proyecto de ley 3*: Proyecto de la Cámara 1698
  • Descripción del proyecto*: "El Departamento de Educación cuenta con un total de 1,466 planteles escolares. De éstos, 417 planteles fueron construidos por la Autoridad de Edificios Públicos, y esta corporación le brinda el mantenimiento, mejoras y operación. Estos son los edificios más amplios y modernos, y albergan el 50% del estudiantado del Sistema Educativo (aproximadamente 220,000 estudiantes). El Departamento de Educación por su parte mantiene una Oficina para atender el mantenimiento de cerca de mil (1,000) escuelas con personal del Departamento, mediante contratos con la empresa privada y mediante delegación de dichas funciones a Municipios que en muchos casos, subcontratan dichos servicios con la empresa privada. Para evitar esta proliferación de proveedores de servicios y asegurar mayor eficiencia y menos costos, es necesario que se defina con meridiana claridad los responsables de atender las facilidades y estructuras gubernamentales, fundamentalmente los planteles escolares. Para esto, se requiere aclaración a la presente Ley Orgánica de la AEP y enmiendas en sus disposiciones particulares. Debe quedar claro en esta Ley, que los únicos proveedores de servicios a los planteles escolares, serían la AEP y el propio Departamento de Educación, mediante su personal. Los trabajos de limpieza o conserjería en áreas comunes, salones de clase y oficinas, deben ser realizados por personal del Departamento de Educación. Los demás trabajos de mantenimiento, mejoras, patios, terrenos y jardines; reparaciones a las estructuras y servicio técnico y mecánico en la planta física, corresponden al personal de la AEP. Esta medida sin lugar a dudas, relevará al Secretario de Educación de tareas ajenas a sus funciones y obligaciones académicas y ministeriales y garantizará al Gobierno la eliminación de los constantes señalamientos por las deficiencias en la planta fisca de los centros educativos del Sistema Público de nuestro país.
  • Estado del proyecto*: Radicado

* El equipo de la Unidad de Investigación y Datos de El Nuevo Día solicitó la información de este incumbente, sin embargo, a pesar de nuestros esfuerzos por más de dos meses, a través de correos electrónicos y llamadas, este no completó el pedido.

Sueldo anual
$73,775.04

Estado financiero con fecha: 30/09/2012

  • Cargo a la fecha del informe: Candidato
  • Cargo actual : Representante
  • Partido : PPD
  • CPA : Juan Vélez Suárez
Inmuebles
  • Descripción : Residencia principal
  • Valor: $125,000.00
  • Ciudad: Aguadilla
  • País: Puerto Rico
Muebles
  • Descripción : Vehículo de motor
  • Valor: $4,000.00
  • Modelo: Ford Van
  • Año: 2000
  • Descripción : Vehículo de motor
  • Valor: $5,000.00
  • Modelo: Chevrolet Astro
  • Año: 1996
  • Descripción : Vehículo de motor
  • Valor: $11,000.00
  • Modelo: Ford F150
  • Año: 2004
  • Descripción : Vehículo de motor
  • Valor: $2,100.00
  • Modelo: Motora United Motor
  • Año: 2005
Deudas
  • Descripción: Cuenta por pagar Almacenes Arilope
  • Valor: $421.00
  • Interés: No disponible
  • Acreedor:
  • Mensualidad: No disponible
  • Descripción: Préstamo personal
  • Valor: $4,425.00
  • Interés: No disponible
  • Acreedor: Cooperativa de Ahorro y Crédito de Aguadilla
  • Mensualidad: $164.00
  • Descripción: Préstamo personal
  • Valor: $21,594.00
  • Interés: No disponible
  • Acreedor: Asociación de Empleados del Gobierno
  • Mensualidad: $394.00
  • Descripción: Préstamo personal
  • Valor: $10,928.00
  • Interés: No disponible
  • Acreedor: Retiro del Gobierno de Puerto Rico
  • Mensualidad: $248.00
  • Descripción: Hipoteca
  • Valor: $53,000.00
  • Interés: No disponible
  • Acreedor: Doral Mortgage
  • Mensualidad: $593.00
  • Descripción: Auto
  • Valor: $1,042.00
  • Interés: No disponible
  • Acreedor: Reliable
  • Mensualidad: $395.00
Valores
  • Descripción : Efectivo
  • Valor: $14,632.00
  • Tipo:
  • Descripción : Ahorros/Inversión no mercadeable
  • Valor: $756.00
  • Tipo: Inversión en Cooperativa de Ahorro y Crédito
  • Descripción : Capital neto
  • Valor: $71,078.00
  • Tipo:
Gastos en Viajes


  • Viajes: 1
  • Gasto total: $300.00

Detalle de viajes

Comisiones que preside

Existen comisiones del Senado, de la Cámara de Representantes y conjuntas. En esta última, participan legisladores de ambos cuerpos.

Número de comisiones: 1

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